Resoluciones TARCAS 2024

  1. Resolución 1/2024.- Recurso contra Pliegos. Inadmisión por pérdida sobrevenida del objeto.
  2. Resolución 2/2024.- Recurso contra exclusión. Petición medida cautelar. Suspensión del procedimiento.
  3. Resolución 3/2024.- Recurso contra exclusión. Desestimación. Discrecionalidad técnica. Presunción de acierto y veracidad. Motivación.
  4. Resolución 4/2024.- Recurso contra adjudicación. Desestimación. Discrecionalidad técnica. Presunción de acierto y veracidad. Motivación.
  5. Resolución 5/2024.- Inadmisión. Un requerimiento de subsanación no es susceptible de recurso en esta vía.
  6. Resolución 6/2024.- Recurso contra adjudicación. Acreditación de solvencia. La exigencia de certificados de buena ejecución en contratos de servicios y suministros es opcional para el órgano de contratación, debiendo establecerse de manera clara e indubitada, pudiendo la documentación presentada al efecto, ser objeto de subsanación.
  7. Resolución 7/2024.- Recurso contra adjudicación. Desestimación. En la valoración efectuada en relación con criterios automáticos, evaluables mediante la aplicación de fórmulas, no cabe discrecionalidad alguna por parte de la Administración, ni técnica ni de ninguna otra clase, debiendo limitarse la mesa de contratación a aplicar los criterios automáticos establecidos en los Pliegos, sin ningún margen de apreciación técnica o juicio de valor. Principio antiformalista y posibilidad de subsanación de proposiciones evaluables mediante fórmula .- solo cuando se trate de defectos puramente formales, esto es, de errores u omisiones en aspectos no esenciales de la oferta, que puedan ser susceptibles de ser corregidos, sin que dicha corrección o subsanación implique una modificación de la oferta. Aplicación de los principios de economía procesal, conservación de actos, eficacia, eficiencia y rápida satisfacción del interés publico que con la contratación se persigue, e improcedencia de dilatar el procedimiento para culminar en el mismo resultado de clasificación y adjudicación, teniendo en cuenta que la retroacción de las actuaciones en ningún caso alteraría el sentido que la adjudicación tiene para la recurrente, pues no podría optar a alzarse con el contrato.
  8. Resolución 8/2024.- Recurso contra adjudicación. Desestimación. Planes de Igualdad. Prohibición de contratar para empresas de 50 o más trabajadores, que no cumplían con la obligación de contar con un plan de igualdad. No se determina expresa y claramente por la LCSP el carácter preceptivo de la inscripción, los Pliegos no la exigen, el Plan existe y el órgano de contratación ha valorado positivamente la documentación presentada. Principios de proporcionalidad, concurrencia e interpretación restrictiva de las causas de exclusión.
  9. Resolución 9/2024.- Recurso contra adjudicación. Acreditación de solvencia.- Se trata, en última instancia, de verificar que el licitador dispone de la experiencia requerida y que lo demuestre adecuadamente con documentos que acreditaren no la adjudicación de contratos, sino su realización y correcta ejecución. Interpretación flexible del concepto “certificados “. Necesidad de fundamentación del recurso.
  10. Resolución 10/2024.- Recurso contra Pliegos. Inadmisión por pérdida sobrevenida del objeto.
  11. Resolución 11/2024.- Recurso contra adjudicación. Desestimación. Exigencia de Plan de Igualdad. La declaración responsable de la adjudicataria manifiesta que no supera el número de trabajadores que determina la obligación de contar con Plan de Igualdad, lo que unido a la declaración de no incursión en prohibición para contratar contenida en el DEUC, determina que carece este Tribunal de la fundamentación suficiente necesaria para la anulación de la adjudicación, al no quedar acreditado vicio alguno en la adopción del acuerdo por parte del órgano de contratación.
  12. Resolución 12/2024.- Recurso contra adjudicación. Desestimación. Se recurre la inclusión en el sobre 2 de información que solamente debería figurar en el sobre 3 con vulneración de los principios de igualdad de trato, imparcialidad, objetividad y secreto de las proposiciones. Información consistente en logos de entidades certificadoras. Examen por el Tribunal que concluye, a la vista de las circunstancias concurrentes, la doctrina sobre el asunto y la STS 523/2022 (Rec. Casación 4421/2020), que no cabe hacer una interpretación restrictiva, no procediendo una exclusión automática, habiendo de atenderse a la relevancia de la información y sus efectos desde la perspectiva de la finalidad de la norma, conforme al principio de proporcionalidad. Discrecionalidad técnica y presunción de acierto y veracidad de los informes técnicos.
  13. Resolución 13/2024.- Recurso contra acuerdo de la Mesa por el que se efectúa la propuesta de adjudicación y contra informes de valoración. Inadmisión. No es acto de trámite cualificado.

  14. Resolución 14/2024.- Recurso contra Pliegos. Solicitud de adopción de medida cautelar. Estimación.- suspensión de procedimiento y plazo.
  15. Resolución 15/2024.- Recurso contra Pliegos. Estimación. Allanamiento del órgano de contratación. El reconocimiento o allanamiento del órgano de contratación no constituye una infracción manifiesta del ordenamiento jurídico.