Subvenciones a Asociaciones, Federaciones y Confederaciones de Comerciantes 2025
Plazo de aceptación de la subvención, del 3 al 14 de noviembre de 2025, ambos incluidos
Expte 22/2025
Se ha publicado con fecha 31 de octubre de 2025 en el Tablón de Edictos Electrónico del Ayuntamiento de Sevilla, PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEFINITIVA, con el siguiente contenido:
- Estimación de las alegaciones formuladas contra la propuesta de resolución provisional por dos entidades solicitantes
- Aprobación de la adjudicación de 33 ayudas económicas a los beneficiarios que se relacionan en el Anexo I.
- Aprobación del pago de las ayudas a dichos beneficiarios.
- Apertura del plazo de 10 días hábiles para que las entidades interesadas puedas presentar la ACEPTACIÓN de la subvención propuesta utilizando el Anexo V de la convocatoria.
No será necesaria la presentación de aceptación de la subvención por aquellas entidades que ya la hubieran presentado en relación a la propuesta provisional de 11 de septiembre de 2025 cuya subvención no haya experimentado variación.
El citado plazo será del 3 al 14 de noviembre de 2025, ambos incluidos
Por Resolución del Teniente de Alcalde Delegado de Cartuja, Parques Innovadores, Movilidad, Economía y Comercio de 27 de octubre de 2025, se ha aprobado la ampliación del gasto que conlleva la Convocatoria Pública para la concesión de subvenciones correspondiente al año 2025, a Asociaciones, Federaciones y Confederaciones de Comerciantes para la activación del comercio minorista por importe de 47.200,70 €, quedando dotado dicho Programa definitivamente en la cuantía de 387.200,70 €, y se ha establecido la distribución del crédito prevista en el apartado 6.2 de la convocatoria, de la siguiente forma: Asociaciones de comerciantes: 237.200,70 €. Federaciones y Confederaciones de comerciantes: 150.000 €
Se ha publicado con fecha 13 de septiembre de 2025 en el Tablón de Edictos Electrónico del Ayuntamiento de Sevilla, RECTIFICACIÓN DE LA PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PROVISIONAL, con el siguiente contenido:
Aprobar la adjudicación de 29 ayudas económicas a las entidades que se relacionan en el Anexo I de la propuesta.
Declarar como proyecto reserva la solicitud presentada por una entidad.
Desestimar 2 solicitudes correspondientes a las entidades que se relacionan en el Anexo II de la propuesta.
Aprobar el pago de las ayudas a las entidades beneficiarias por un importe total de 340.000 €, de los cuales 190.000 € van destinados a ayudas a Asociaciones de comerciantes y 150.000 € a Federaciones y Confederaciones.
Ampliar el plazo establecido inicialmente, de 08/09/2025 a 19/09/2025, en el número de días hábiles que transcurra desde el día 08/09/2025, fecha de inicio del plazo, hasta la fecha en la que tenga lugar la publicación de la presente propuesta en el Tablón de Edictos Electrónico del Ayuntamiento de Sevilla, para que las entidades interesadas, utilizando el Anexo V, puedan presentar alegaciones en los términos que prevé el art. 82 de la LPAC,
reformular el proyecto según lo indicado en el apartado 13.1 de la convocatoria, desistir o aceptar la subvención propuesta.
El citado plazo se mantendrá abierto hasta el próximo 26 de septiembre de 2025.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes y el trámite de subsanación de las mismas, se ha publicado en el Tablón de Edictos Electrónico del Ayuntamiento de Sevilla la PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PROVISIONAL, con el siguiente contenido:
Aprobar la adjudicación de 29 ayudas económicas a las entidades que se relacionan en el Anexo I de la propuesta.
Desestimar 2 solicitudes correspondientes a las entidades que se relacionan en el Anexo II de la propuesta.
Aprobar el pago de las ayudas a las entidades beneficiarias por un importe total de 340.000 €, de los cuales 190.000 € van destinados a ayudas a Asociaciones de comerciantes y 150.000 € a Federaciones y Confederaciones.
Conceder un plazo de 10 días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación en el Tablón de Edictos Electrónico del Ayuntamiento de Sevilla de la propuesta de resolución provisional para que las entidades interesadas, utilizando el Anexo V, puedan presentar alegaciones en los términos que prevé el art. 82 de la LPAC, reformular el proyecto según lo indicado en el apartado 13.1 de la convocatoria, desistir o aceptar la subvención propuesta.
Este plazo comenzará el 8 de septiembre y finalizará el 19 de septiembre, ambos incluidos.
Concluido el plazo de presentación de solicitudes de subvenciones correspondiente al programa de subvenciones arriba indicado, examinadas las solicitudes presentadas, de conformidad con lo previsto en el apartado 9.3 de la convocatoria, se requiere a los interesados que se relacionan en el ANEXO del Requerimiento de subsanación de solicitudes, para que en el plazo máximo e improrrogable de DIEZ DÍAS HÁBILES a contar desde el siguiente a la publicación en el Tablón de Edictos Electrónico de la presente comunicación, subsanen la falta o acompañen los documentos, con el detalle que se señala, con apercibimiento de que si no lo hiciesen se les tendrá por desistidos de su petición, previa resolución, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68 LPAC. La documentación requerida deberá ser presentada a través de la Sede electrónica del Ayuntamiento de Sevilla, todo ello sin perjuicio de lo establecido en el art. 16.4 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El plazo de subsanación es del 22 de julio al 4 de agosto de 2025, ambos incluidos.
Por acuerdo de la Junta de Gobierno se aprobó el pasado viernes 6 de junio la convocatoria pública para la concesión de subvenciones correspondientes al año 2025 a Asociaciones, Federaciones y Confederaciones de comerciantes para la activación del comercio minorista.
El plazo para solicitar estas subvenciones será del 13 de junio al 2 de julio de 2025, ambos incluidos.
La presentación de las solicitudes, acompañadas de la documentación exigida en la convocatoria, se deberá realizar a través del Registro General electrónico del Ayuntamiento de Sevilla.
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