Documentación necesaria para empadronarse
El padrón de habitantes es un registro de carácter administrativo en el que están incluidos los vecinos de un municipio. Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el padrón del municipio en el que resida habitualmente.
¿Quién debe realizar el trámite?
Toda persona que resida en la ciudad tiene la obligación y el derecho a empadronarse.
Documentación necesaria para empadronarse: HOJA PADRONAL Y DOCUMENTACION ACREDITATIVA DE LA INDENTIDAD Y DE LA VIVIENDA
1.- Hoja Padronal debidamente CUMPLIMENTADA Y FIRMADA.
MUY IMPORTANTE:
- TELÉFONO y CORREO ELECTRÓNICO son datos esenciales para que, en caso de incidencia, podamos AYUDARLES.
- la REFERENCIA CATASTRAL debe indicarse.
- Si viene a Sevilla desde otro municipio distinto es NECESARIO que indique el lugar de procedencia.
- Deben FIRMAR todas las personas mayores de 16 años incluidas en la hoja padronal (para los menores firmará la madre/padre/tutor. Si el empadronamiento se hace mediante autorización debe firma el AUTORIZANTE.
- No se considerarán válida una hoja padronal con tachaduras, borrones, typex, etc.
2.- Documentación acreditativa de la IDENTIDAD de TODAS las personas incluidas en la hoja padronal
-.CIUDADANÍA ESPAÑOLA
Documento Nacional de Identidad (DNI)
(para menores de 14 años sin documento se podrá acreditar la identidad mediante libro de familia o certificado de nacimiento).
-.CIUDADANÍA NO ESPAÑOLA (EXTRANJERÍA)
Se distingue:
*- CIUDADANOS UE, EEE (NORUEGA, ISLANDIA, LIECHTENSTEIN) Y SUIZA
Documentación Requerida (Ambos)
1. Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión (CUE o tarjeta verde consta el NIE).
2. Pasaporte O Documento de Identidad en vigor del país de origen (OBLIGATORIO dado que
el Certificado de Registro de CUE, o tarjeta verde NIE, no acredita identidad por sí solo la
identidad)
*-RESTO DE PAÍSES (NO UE / EEE / SUIZA)
Documentación (por Orden de preferencia SOLO UNO de ellos):
1. Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en vigor, expedida por España (documento
preferente donde consta el NIE).
2. Pasaporte en vigor del país de origen (solo si no se dispone de TIE).
Consideraciones:
Actualización Obligatoria: Si un ciudadano se inscribe con Pasaporte y posteriormente obtiene una TIE (NIE), debe comunicarse al Padrón para actualizar su número de identificación.
Finalidad: La documentación solo acredita la identidad; el Ayuntamiento NO realiza control sobre la legalidad de la residencia.
Renovación obligatoria (No UE): Las personas no comunitarias sin residencia permanente deben renovar su inscripción cada dos años (gestión de caducidad).
3.- Documentación acreditativa de la ocupación de la VIVIENDA
Deberá aportar UNO de los siguientes:
- Titulo de PROPIEDAD de la vivienda (no es necesario presentar escrituras, con indicar la REFERENCIA CATASTRAL en la hoja padronal es suficiente)
- Contrato de ALQUILER junto último recibo del pago de la renta (el Servicio de Estadística comprueba que el arrendador ostenta la propiedad de la vivienda)
- Contrato de suministro con EMASESA o última factura del suministro AGUA (el Servicio de Estadística realiza las oportunas comprobaciones)
AVISO !!!! NO son válidas las facturas de LUZ o GAS
SOLO se aceptan las facturas de suministros de AGUA (EMASESA) cuyos datos podemos comprobar.
- Cuando el solicitante no es el titular de la vivienda y el titular no esté empadronado en el domicilio, deberá presentar declaración responsable del propietario o arrendatario autorizando el empadronamiento de los solicitantes junto al documento que acredite la identidad (punto 2) y la titularidad de la vivienda (punto 3).
- Cuando el solicitante se inscriba en un domicilio donde consten empadronadas otras personas, será necesaria la autorización de alguna persona mayor de edad empadronada que tenga titulo de la vivienda (sea propietario o arrendatario), debiendo firmar en la casilla de autorización existente al efecto en la hoja padronal.
Empadronamiento con Autorización
La persona que autoriza deberá disponer de algún título acreditativo de la posesión/ocupación efectiva de la vivienda (propiedad, alquiler o contrato de agua ) a su nombre.
Se distinguen dos supuestos:
-
Si la persona que autoriza reside en el domicilio, debe firmar la hoja padronal en lo relativo a la autorización.
- Si la persona que autoriza NO reside en el domicilio debe presentar el documento de autorización (cesión de uso) de la vivienda.
Documentación a presentar:
- documentación identidad autorizante (punto 2)
- documentación titulo habilitante sobre la vivienda (punto 3).
Si el autorizante es propietario o titular de un contrato de agua, solo debe indicar la referencia catastral (no es necesaria documentación)
Si el autorizante es arrendatario SI es necesario presentar el contrato de alquiler junto con el ultimo recibo.
AVISO !!!! NO son válidas las facturas de LUZ o GAS
Empadronamiento de Menores. Casos especiales.
-
En caso de empadronarse con uno de los progenitores de mutuo acuerdo, deberá aportar la autorización del otro progenitor.
-
En el supuesto de empadronar al hijo con otra persona física distinta a los progenitores, se deberá cumplimentar la siguiente declaración responsable firmada por los progenitores.
Declaración a efectos de empadronamiento de menores
- Declaraciones responsables en casos EXCEPCIONALES de empadronamiento con uno solo de los progenitores cuando no hay consentimiento de ambos
Anexo I sin resolución judicial
Anexo II con resolución judicial
Empadronamiento en situaciones de exclusión residencial
Notas aclaratorias:
- El empadronamiento es gratuito. Cualquier pago que le exijan para empadronarse es un FRAUDE.
- Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten.
- Las Administraciones Públicas no requerirán a los interesados datos o documentos no exigidos por la normativa reguladora aplicable.
- Los interesados tienen derecho a no aportar documentos que ya se encuentren en poder de esta Administración actuante o que hayan sido elaborados por cualquier otra Administración y se puedan recabar mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto.